24 sept 2015

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMANDO EL DERECHO DE TODO EL PERSONAL LABORAL PERTENECIENTE AL CONVENIO COLECTIVO DE LA COMUNIDAD DE MADRID A DISFRUTAR 2 DÍAS SEGUIDOS DE LIBRANZA SEMANAL




El Tribunal Supremo pone en valor el derecho recogido en el Convenio Colectivo de los 2 días seguidos de descanso a la semana, dando firmeza al derecho que tenemos todos los trabajadores y trabajadoras laborales de la Comunidad de Madrid a disfrutar de la libranza semanal recogida en él. 

El Tribunal Supremo (TS) da de nuevo la razón a UGT reconociendo con la firmeza de la sentencia lo demandado: LA IGUALDAD DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS de la Comunidad de Madrid, independientemente del Centro donde presten sus servicios, según recurso de casación número 368/2014 tras el Conflicto Colectivo n° 347/2014, que presentó la Federación de Servicios Públicos de UGT Madrid, sobre la jornada laboral impuesta unilateralmente para el año 2014. 

La justicia, en este caso, nos da la razón, reconociendo la protección que nos corresponde por la aplicación de nuestro Convenio Colectivo, un Convenio que la Comunidad de Madrid para seguir cercenando nuestros derechos, intentó dejar sin efecto. La sentencia del Tribunal Supremo reconoce: 

El derecho al disfrute del descanso semanal de dos días ininterrumpidos, conforme al Convenio Colectivo para todos los trabajadores y trabajadoras, también para quienes trabajan a turnos, lo que a veces supone que sean necesarios de este modo los solapes. 

Esta sentencia, confirma los posicionamientos de UGT en la negociación de los calendarios laborales en aquellos organismos, donde no solo no se cumplía el Convenio con la imposición de jornada, sino que también se les negaba este derecho al personal que allí desarrollaba su trabajo. 

Todos recordamos como en los Centros, Servicios y organismos donde se trabajan los 365 días sin interrupción (SRBS, IMFM, Sanidad, etc,...), se les negó este derecho. En los ámbitos pertenecientes a la Consejería de Asuntos Sociales y Familia, finalmente se logró un acuerdo que dio lugar a: calendarios laborales más acordes al Convenio que contemplaban, al menos, el derecho de los dos días de descanso semanales seguidos. 

Mientras, en Sanidad, todavía hoy se les niega este derecho. Esperemos que ahora y, gracias a esta sentencia del Tribunal Supremo, también en Sanidad se reconozca. Con este objetivo en la próxima reunión de la Comisión Paritaria, UGT ya ha solicitado su inclusión en el Orden del Día, esperemos que ahora sí, y así lo exigiremos, que la Administración Sanitaria reconozca desde ya este derecho y negocie los Calendarios Laborales en Sanidad.