7 mar 2017

Aprobados en la Mesa General de la Función Pública madrileña los protocolos generales de prevención y actuación frente a la violencia y ante todos los tipos de acoso en la Administración de la Comunidad de Madrid.




El 2 de marzo se aprobaron en la Mesa general de Negociación de las Empleadas y Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid los Protocolos Generales de prevención y actuación frente a todos los tipos de VIOLENCIA EN EL TRABAJO y ante todos los tipos de ACOSO en la Administración Publica Regional. 

PROTOCOLO DE VIOLENCIA EN EL TRABAJO

Mediante este Protocolo la Comunidad de Madrid y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa General expresan su total rechazo y posicionamiento de tolerancia cero frente a todo tipo de agresión que puedan sufrir las empleadas y empleados públicos, en o con ocasión del desempeño de sus funciones, de tal forma que la Administración Regional pondrá todos los medios preventivos a su disposición con el fin de lograr un entorno laboral libre de violencia y, en el caso de que se produzca alguna agresión, prestará un apoyo integral al empleado público afectado. 

Este Protocolo General, herramienta de uso común en el conjunto de la Administración de la Comunidad de Madrid para la prevención y actuación frente a la violencia en el trabajo, protocolo que habrá de ser objeto de adaptación y concreción mediante Protocolos Específicos a las características y problemática particulares de cada Consejería u Organismo, en función del tipo de actividad que se realice en cada centro de trabajo y de los riesgos a los que estén expuestos sus empleados. En tanto se aprueban los Protocolos Específicos este Protocolo General será de aplicación directa. 

El Protocolo General será de aplicación a todo el personal de la Administración de la Comunidad de Madrid y de los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, bien como instrumento de aplicación directa, o a través de los Protocolos Específicos de adaptación que se acuerden con los sindicatos en su respectivo ámbito de negociación en cada Consejería u Organismo. 

PROTOCOLO FRENTE A TODOS LOS TIPOS DE ACOSO

Este Protocolo pretende ser el instrumento general de actuación de la Comunidad de Madrid frente a todas las situaciones de acoso que se pueden producir en el entorno laboral de su administración pública ya se trate de acoso psicológico, acoso sexual, acoso por razón de sexo o de orientación sexual y acoso discriminatorio y a través de él, la Comunidad de Madrid manifiesta formalmente su compromiso de adoptar una política de tolerancia cero con respecto a situaciones o manifestaciones de acoso, y asimismo garantizar que dicha política de tolerancia cero se siga por la totalidad de Consejerías y Organismos Públicos de la Comunidad de Madrid. 

Cuyo objetivo, es el establecimiento de medidas preventivas que lo eviten, procedimientos formales e informales que ayuden a resolverlo en caso de que se produzca y pautas para la recuperación del proyecto de vida personal y profesional de las personas que lo sufran. 

En el plazo de seis meses desde la aprobación del presente protocolo cada Consejería y Organismo de la Comunidad de Madrid, deberá realizar la adaptación del mismo que resulte procedente por razones funcionales u organizativas, concretando cual es la unidad administrativa competente a la que dirigir la solicitud de iniciación del procedimiento contra el acoso previsto en el presente Protocolo, la composición del comité asesor y, en su caso, la identificación de una persona asesora en todas las cuestiones recogidas en el mismo. 

UGT logró un compromiso con la Administración para Negociar un PLAN DE IGUALDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MADRILEÑA, e incorporar en el mismo las medidas necesarias en lo referido al acoso sexual y al acoso por razón de sexo que prevé la LEY DE IGUALDAD. 

Esperemos que este compromiso se plasme en la elaboración y concreción del PLAN DE IGUALDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID, no puede ser que una Comunidad Autónoma como la Madrileña que tiene bajo su gestión directa a más de 157.000 trabajadores y trabajadoras todavía no disponga de un Plan de Igualdad, después diez años desde que se aprobó la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, donde en su artículo 45 obliga a las empresas de más de 250 trabajadores a la elaboración y negociación de un PLAN DE IGUALDAD.