9 oct 2018

RECLAMACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN DEL IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD

Tras la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre instamos a que los trabajadores y trabajadoras reclamen la devolución de las retenciones de IRPF que indebidamente se les ha podido aplicar en las PRESTACIONES POR MATERNIDAD de la Seguridad Social. 

En principio se puede reclamar la devolución desde el ejercicio 2014, si bien en los próximos días contaremos con un informe completo que aborde las distintas cuestiones que se están planteando en relación con este asunto: reclamaciones de ejercicios anteriores a 2014 y posibles desistimientos, posibilidad de solicitar la extensión de los efectos de la Sentencia del TS (Art. 110 LJCA)…… 

Os adjuntamos las instrucciones para realizar la reclamación por vía telemática en caso de reclamar los años 2016 ó 2017. También disponemos en la sección de un formulario tipo para presentar la reclamación presencialmente en cualquier registro oficial. 

Una vez presentada la solicitud, si en el plazo de 6 meses no existe resolución expresa de la Agencia Tributaria (AEAT), se deberá interponer la correspondiente reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo. 

Si finalmente la resolución de este último fuera negativa se abriría entonces la vía judicial, si bien confiamos en que esto último no llegue a producirse y que la administración habilite un cauce para atender estas reclamaciones sin necesidad de tener que acudir a los juzgados contencioso-administrativos. En caso contrario a través de nuestra asesoría jurídica podrás realizar la demanda que corresponda. 



Más información sobre la RECLAMACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN DEL IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD en el siguiente enlace:




Os seguiremos informando