3 sept 2012

Descuentos en nómina por Incapacidad Temporal

A partir del día 1 de Septiembre de 2012 los descuentos en nómina a los Empleados Públicos en situación de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes serán los siguientes: 
  • Desde el día 1 al 3 se cobrará el 50 % de las retribuciones del mes anterior a la Incapacidad Temporal.
  • Desde el día 4 al 20 se cobrará el 75 % de las retribuciones del mes anterior a la Incapacidad Temporal. 
  • A partir del día 21 se cobrará el 100 % de las retribuciones del mes anterior a la Incapacidad Temporal. 
  • En caso de hospitalización con intervención quirúrgica se cobrará desde el primer día el 100 % de las retribuciones. 
  • En caso de Contingencias Profesionales (Accidente Laboral o Enfermedad Profesional) se cobrará desde el primer día el 100 % de las retribuciones. 

Más información en la Sección Sindical