Publicado hoy día 9 de julio de 2026 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y seguidamente en la pagina web de la Comunidad de Madrid, las resoluciónes de 29 de junio de 2026 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre y promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud en las siguientes 6 categorías.
Las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) cuentan en la actualidad con las siguientes plazas básicas vacantes de personal estatutario en las categorías de Técnico Superior que se corresponden con plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid correspondientes a los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, y que actualmente se encuentran pendientes de convocar, cuantificadas de la siguiente manera:
TURNO LIBRE
- Técnico Superior en Anatomía Patológica (enlace al BOCM)
- 68 plazas en cupo general
- 6 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Documentación Sanitaria (enlace al BOCM)
- 26 plazas en cupo general
- 3 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Higiene Bucodental (enlace al BOCM)
- 24 plazas en cupo general
- 2 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear (enlace al BOCM)
- 272 plazas en cupo general
- 21 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico (enlace al BOCM)
- 345 plazas en cupo general
- 27 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría (enlace al BOCM)
- 29 plazas en cupo general
- 3 plazas en cupo con discapacidad
PROMOCION INTERNA
- Técnico Superior en Anatomía Patológica (enlace al BOCM)
- 18 plazas en cupo general
- 2 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear (enlace al BOCM)
- 21 plazas en cupo general
- 2 plazas en cupo con discapacidad
- Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico (enlace al BOCM)
- 55 plazas en cupo general
- 5 plazas en cupo con discapacidad
del 10 de julio al 10 de agosto de 2026
Tasa por derechos de examen
La tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de personal estatutario para el Grupo C1, que se convoca es de:
- la tasa es de 16,89 euros, salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el apartado 6.5.
- Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, la cuantía de la tasa es de 8,45 euros.
Los aspirantes deberán abonar la cuantía que en cada caso corresponda, mediante el impreso normalizado 030, centro gestor 8100, que podrá obtenerse a través del formulario de la solicitud indicado en la base 5.2. Deberá asegurarse de presentar y firmar la solicitud una vez abonada la tasa. En el apartado observaciones se deberá indicar acceso a la categoría concreta a la que solicita el acceso.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de participación dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo sin perjuicio de su derecho a la subsanación en el plazo de 10 días hábiles de forma telemática.
En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, debiendo presentar y firmar la solicitud una vez abonada la tasa.
Exenciones del pago de la tasa
- Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
- Personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
- Víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
- Víctimas de violencia de género.
- Familias numerosas, en los siguientes términos:
- 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.












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